´PRIMERO: CON LUGAR la defensa de prescripción de la acción, promovida por la parte demandante ciudadano Francisco José Ortiz Sánchez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.833.102, con residencia en la avenida Cancamure, Urbanización Nueva Cumaná, Torre M8, apartamento PB-B, jurisdicción de la parroquia Altagracia del Municipio Sucre del estado Sucre, debidamente representado judicialmente por los abogado en ejercicio Héctor Horacio García Suarez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.125.058 e inscrito en el I.P.S.A bajo el número 95.057, Alberto José Teriús Figuera, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 1.509.152 e inscrito en el I.P.S.A bajo el número 12.545 y Aleidy de los Ángeles León de Díaz, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 5.887.193 e inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 295.003.´