Por lo que este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, contra a los imputados ADRIAN JOSE MEDINA VILLABA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-25.101.685, natural de Cumanacoa, Obrero, soltero, nacido en fecha 05-08-1988, de 19 años de edad, residenciado en la Vía san Juanillo, Sector Higuerote, casa S/N° (frente a la bodega de milangelys, via la cochinera), Municipio Montes, Estado Sucre, teléfono 04164139901. y JESÚS LEONARDO AGREDA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-21.052.219, natural de Cumanacoa, Obrero (panadero), soltero, residenciado en la Vía san Juanillo, Sector Higuerote, casa S/N° color verde cerca de la Escuela, Municipio Montes, Estado Sucre, en la causa que se les iniciara por la presunta comisión del delit.....