Visto el desistimiento suscrito por el Abogado en ejercicio SAMER SALAHELDIN HASSANI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 12.287.619, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 71.370, procediendo en su propio nombre, y visto igualmente los Documentos consignados este Juzgado imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente Desistimiento, se da por terminado en presente Juicio. Así se decide. En consecuencia, se suspende la Medida de Secuestro decretada en fecha 31 de Julio de 2.008, por este Tribunal sobre el vehículo Clase: Automóvil, Marca: Honda, Tipo: Sedan, Modelo ACCORD LS LX 99, Año: 1.999, Serial del Motor: XV201133, Serial de Carroce.....