DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley , SE DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano RICHARD JOSE SANTANA NUÑEZ quien es venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 22 años de edad, estado civil: soltero nacido en fecha: 19-05-87, titular de la cédula de identidad Nº V 18.415.607, ocupación u oficio: obrero, hijo de Solangel Núñez y José Santana, y residenciado en: San Martín, el Cerro Las Melchoras, Casa S/N°, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 31 Tercera Aparte. De la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio .....