DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Primero: Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación de Libertad, de conformidad con lo el ordinal 3° y 6° del Articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano YOLVIS ALEXANDER GONZALEZ RIVERA, quien es venezolano, natural de Carúpano, nacido en fecha 08-08-1.986, de 23 años de edad, estado civil: Soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.707.473, ocupación u oficio: Comerciante informal, hijo de Marbella González y Cesar Augusto González, y residenciado en: Calle 06, sector El Lirio Casa Nº 48, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, consistente en presentaciones periódicas, cada Treinta (30) días por el la.....