En mérito a lo expuesto este Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DECRETA como FLAGRANTE LA APREHENSIÓN de la Adolescente OMISSIS; en la investigación relacionada con la comisión del delito de LESIONES PERSONALES GENÉRICAS, tipificado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de la Ciudadana IRMA JOSEFINA CAMPOS, venezolana, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, de cuarenta y ocho (48) años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.219.336, teléfono 0294- 6461673, residenciada en calle Libertad, casa N° 51, Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre; y ORDENA continuar el presente proceso por el Procedimiento Ordinario, conforme al artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 557 y 537, ambos de la L.....