DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente señalado, este Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA REVISIÓN Y SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA PRIVATIVA LIBERTAD del imputado JOSÉ FILIGONIO MANEIRO, Apodado "Gonio", venezolano, natural de Guiria, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.941.084, nacido en fecha 20-12-1970, de 43 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, y residenciado en el Sector Valle Verde, Calle Principal, Casa S/N, cerca del polideportivo, Parroquia Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, teléfono de ubicación 0412-868-79.49, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE DETERMINADOR, previsto y sancionado en los artículos 406 ordinal 1°, en concordancia con el 83.....