este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, en contra del imputado Francisco Javier Salazar Hernández, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.818.205; soltero, natural de Cumaná, frutero, nacido en fecha 12/12/1983, hijo de Ana Hernández y Arquímedes Salazar; y residenciado en Cascajal viejo, callejón Quino, casa S/N°, (segunda casa), Cumaná, Estado Sucre; consistente en un régimen de presentaciones cada quince (15) días por el lapso de seis (06) meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; todo ello por la presunta comisión del delito de Robo en la Modalidad de Arrebatón, previsto y sancionado en el único aparte del artículo 456 del Código Pen.....