este Tribunal Segundo de Juicio, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley procede a PRIMERO: CONDENAR: al ciudadano: JESÚS ALBERTO GUEVARA ORTEGA, venezolano, Natural de Maturín, Estado Monagas, 19 años de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 20.916.578, en fecha 11-06-1991, soltero, de profesión u oficio Depositario de una Libreria, soltero, hijo de Jesús Alberto Guevara y Arelis del Valle Ortega, residenciado en: Los Molinos Av. Universitaria, Casa S/N, al lado del taller que esta cerca del Rancho de Pedrito donde relizan fiesta, Carúpano, Municipio Bermúdez Estado Sucre; a cumplir la Pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO PROPIO, establecido en el artículo 455 del Código Penal, en perjuicio de la victima: DEIVIS JOSÉ RONDON TORRES; mas las accesorias de Ley, establecidas en el articulo 16 del Código penal y de conform.....