DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano GABRIEL JOSE CARVAJAL, venezolano, natural de el Tigre, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.170.071, nacido en fecha 27-05-86, de 24 años de edad, de profesión u oficio Obrero, hijo de Armando y María Coromoto Carvajal y domiciliado en: Sector Bicentenario, San José de Guanipa, Calle El Paraíso, Casa Nº 25, y en el Morro , Calle Los Cocos, casa S/N, cerca del Bar Frank Ross, Municipio Arísmendi del Estado Sucre, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de: OCULTAMIENTO ILÌCITO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en el artículo 274 del Código Penal, en concordancia con el artículo 3 de la Ley de Arma y Explos.....