DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del imputado GUILLERMO JOSE CALDEA, quien dijo ser venezolano, natural de Guiria, del Municipio Valdez, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.909.795, profesión u oficio Barbero, fecha de nacimiento 10-01-75, de 36 años de edad, hijo de Glori Cecilia Caldea y Casimiro Rumion y domiciliado en: Nueva Guiria, Vereda 2, Casa N° 30, cerca del abasto de tartan, Municipio Valdez, del Estado Sucre; consistente en presentaciones cada Quince (15) días, por el lapso de seis (06) meses, por ante la Comandancia de policía de Guiria ; por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo, de decreta la Flagrancia y se ordena la instrucción de la .....