DISPOSITIVA:
Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA a favor del acusado: OMER JOSE LOPEZ FIGUEROA, venezolano, natural de Guiria, del Estado Sucre, de 25 años de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° V:-18.098.099, nacido en fecha 21-07-1986, de profesión u oficio chofer y residenciado en el Sector La Tubería, Calle Principal, Casa S/N°, frente a los Militares, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de la victima: HELMIS JOSÉ MARCHAN; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45; 48, numeral 7; y 318, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal. Que.....