DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, BAJO CAUCIÓN JURATORIA, al imputado: RICARDO FELICIANO GONZALEZ PAYARES, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.626.595, de profesión u oficio Albañil, de 29 años de edad, nacido en fecha 05-05-1983, hijo de Rosa Elena Payares y Antonio González, domiciliado en: Macarapana, Calle Principal, Vivienda San Andrés, Vía el Chuare, cerca de de la Escuela de San Andrés, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; en virtud de encontrarlo incurso en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en los artículos 42 y 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho a la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la Victima: CHAIGERITH DEL VA.....