DECRETA a tenor de lo dispuesto en el artículo 358 y 359 del Código Orgánico Procesal Penal la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, a los ciudadanos: EMILIO RAMON BLANCO REYES, venezolano, natural de Río Caribe, Estado Sucre, de 23 años de edad, nacido en fecha 16-03-89, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-20.376.115, de profesión u oficio agricultor, hijo de Cristino Blanco y Ana Reyes, residenciado en: Sector La Vega de Río Caribe, Calle Principal, Casa S/N, cerca de la gallera de las vegas, Municipio Arismendi del Estado Sucre, RICKY JOSE GONZALEZ FERMIN venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 20 años de edad, nacido en fecha 24.08.1992, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-23.945.473, de profesión u oficio agricultor, hijo de Richard González e Isaura Fermín, residenciado en: Sector La Vega de Río Caribe, Invasión Villa de Paria 1, Vía principal de Caracolito, Casa S/N, cerca de la posada, Municipio Arismendi del Estad.....