Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar el Sobreseimiento Definitivo solicitado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público, a favor de la ciudadana , venezolana, soltera, titular de la cédula de identidad N° 20.062.385, de 16 años de edad, nacida en fecha 17-07-89, hija de Mary Soto y Jorge Jiménez, estudiante, domiciliada en Avda. las Palomas, frente a La Florida, casa N° 24 (de color blanco), Cumaná, Estado Sucre; a quien se le atribuyó la presunta participación en el delito de Posesión de Sustancias Estupefacientes, previsto en el artículo 34 en la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de La Colectividad; con fundamento en los artículos 561 literal "D" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 318 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conform.....