Este Tribunal Primero de Control, en atención a lo dispuesto por la referida Corte de Apelaciones, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda librar orden de aprehensión contra los ciudadanos ADOLFO GUSTAVO LOPEZ ESCALONA, Venezolano, nacido en fecha 18/10/88, de 19 años de edad, Cédula de Identidad Nº V-19.254.427, de estado civil soltero, hijo de Carmen Escalona y Luís López, residenciado en la Urbanización Casalta, vereda 6, casa Nº 54, Caracas Distrito Capital; y JHONATHAN ALEXANDER FLORES FLORES, venezolano, nacido en fecha 18/10/89, de 18 años de edad, Cédula de Identidad Nº V-20.577.379, de estado civil soltero, residenciado en la Urbanización Fe y Alegría, casa S/N°, Cumaná, Estado Sucre; a quienes se les sigue causa por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR PROVENIENTE DEL HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores.