BOLETA DE LIBERTAD junto con oficio dirigido al Comandante de Policía del Estado Sucre. Se acuerda continuar la causa por el procedimiento ordinarivenezolano, mayor de edad, de 19 años, nacido en fecha 10-12-84, soltero, estudiante del quinto año de bachillerato en el Instituto Ayacucho,, residenciado en la calle Petión Casa N° 53-A, titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.416.175, hijo de Pedro Lastra y de Ángela Gómez y de igual forma acuerda la inmediata libertad del Ciudadano LUIS ALEJANDRO PAREJO HERNÁNDEZ, venezolano, natural de esta Ciudad, de 18 años, nacido en fecha 20-02-87. soltero, sin oficio definido, residenciado en el Cumanagoto II, Calle 1-A, Casa N° 49, titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.418.620, hijo de Roxangela Hernández y Luis parejo, y dado que contra el mismo no se formula imputación alguna ,acogiendo así en relación al primero de los nombrados el pedimento de la defensa y en relación al segundo la solicitud fiscal y de la defe.....