REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 7 de Octubre del 2005.
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-008231
ASUNTO : RP01-P-2005-008231

Visto el oficio No.12853, de fecha: 06 de Octubre del 2.005, emanado de la Fiscalía Undécima del Ministerio Público, mediante el cual solicita de este Juzgado una ORDEN DE ALLANAMIENTO, el cual se realizará en la Calle Principal del Barrio Cruz Salmerón Acosta de esta ciudad, dicha vivienda posee la parte frontal o fachada pintada de color verde y marrón, con rejas de color marrón, propiedad de un ciudadano conocido como: EL BURRITO, este Juzgado Tercero de Control, de conformidad con lo establecido en el artículo 210 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA autorizar al Representante del Ministerio Público Abg. CESAR H. GUZMAN FIGUERA, para realizar dicho allanamiento con la cooperación de funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; asimismo el funcionario autorizado presentará junto con la ORDEN DE ALLANAMIENTO, sus respectivas credenciales y deberá realizarlo en un plazo no mayor de 96 horas contados a partir del día de hoy a las 11:00 Am. Cúmplase.-


El Juez Tercero de Control.

Dr. José Gregorio Morey Arcas.

La Secretaria.

Abg Sonia Alfaro.

En esta misma fecha se cumplió lo ordenado.-
La Secretaria.-
Abg. Sonia Alfaro.