DECRETA con lugar la solicitud fiscal y en consecuencia, acuerda la ratificación de las medidas de protección y seguridad impuestas por el órgano receptor, contra el ciudadano OSCAR JOSÉ MARCANO, cédula de identidad N° 5.482.038, natural de Cumaná, nacido en fecha 14-06-1956, de 53 años de edad, soltero, nacido el 14/06/1956, maestro de obra, residenciado en la Urbanización La Llanada, Sector 02, calle 2 casa N° 23, Cumaná, Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previstos y sancionados en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ESTELA JOSEFINA FARIÑA; conforme al artículo 87 numerales 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, consistentes en: 5: PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO A LA VÍCTIMA A SU RESIDENCIA, LUGAR DE TRABAJO O ESTUDIO; y 6: PROHIBICIÓN DE REALIZAR POR SÍ MISMO O POR TERCERAS PERSONAS ACTOS DE INTIMIDACIÓ.....