Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA atendiendo a lo establecido en el artículo 245 único aparte del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el numeral 1 del artículo 256 numeral 1 eiusdem, en cuanto a que en ningún caso se puede decretar la privación de libertad en contra de las madres en periodo de lactancia, se decreta la DETENCIÓN DOMICILIARIA con custodia policial en la dirección aportada por la ciudadana DESIREE DEL CARMEN RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, venezolana, natural de Cumaná, de 21 años de edad, soltera, de profesión u oficio indefinido, titular de la Cédula de Identidad N° 18.657.018, residenciada en El Barrio El Realengo, Calle Principal, Casa S/N, por el río, en la primera entrada al frente de una casa de bloques, a dos casas del mercal, detrás del Mercado Municipal de esta Ciudad, casa de color azul, de Cumaná, Estado Sucre; y de conformidad con los artículos 250, 251 numerales 2 y 3 del Código Or.....