Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, numeral 3, del Código Orgánico Procesal, medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad contra los imputados Moises Alejandro Bastardo Bastardo, venezolano, de estado civil soltero, de 18 años de edad, titular de Cédula de Identidad N° V-18.777.911, y domiciliado en Estado Yaracuy, Municipio La Trinidad, frente a la Granja Turística La Boraureña, Jhovanny Antonio Mendoza Cariaco, venezolano, de estado civil soltero, de 31 años de edad y domiciliado en el Tacal, Calle Principal, casa s/n, Estado Sucre, titular de la cédula de identidad No. 13.941.797, Alexander José Rincones Mendoza, venezolano, natural de Cumaná Estado Sucre, de estado civil soltero, de 19 años de edad, titular de Cédula de Identidad N° 20.065.383 y domiciliado en la Urbanización Brasil Sur, tercera calle, casa No. 15, Estado Sucre, Cesar Enríquez R.....