En mérito y con fundamento a cada uno de los razonamientos expuestos en el cuerpo del presente fallo, esta Tribunal de Mediación, Sustanciación, Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes esta Circunscripción Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la Homologación por Representación legal Internacional, interpuesta por el ciudadano RAFAEL ANTONIO PÈREZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-11.976.413, de profesión Técnico en Informática, con domicilio en la Calle la Marina, Edificio BMD, 1-b, de la ciudad de Porlamar, del estado Nueva Esparta, actuando en nombre propio y representación de la ciudadana ANA DOUGLENYS HERRERA SANTAELLA, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V-23.346.765, domiciliada en la en la Calle la Marina, Edificio BMD, 1-b, de la ciudad de Porl.....