DISPOSITIVA
Por los Razonamientos antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05, Administración Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, Acuerda: Sustituir la Medida Cautelar Sustitutiva de Caución Económica, por la Caución Juratoria, el ciudadano JORGE LUIS RODRIGUEZ LA ROSA, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del estado Sucre, soltero, de 29 años de edad, Profesión u oficio obrero, titular de la Cedula de Identidad Número V- 25.995.073, fecha de nacimiento 06-09-1989, hijo de Jorge Mundarain y Mercedes Rodríguez ( fallecida), residenciado en la Avenida Calle San Rafael, casa s/n, frente del cementerio, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la presunta comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 112 de la Ley Orgánica para el Desarme, Control de Armas y Municiones y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado.....