este TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos RONALD OSWALDO ESTEVES URBANEJA, venezolano, de 37 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.832.156, de estado civil soltero, de oficio mecánico, nacido el 10-10-1976, domiciliado en el Barrio Boca de Sabana, Calle El Rincón, Casa Nº 04, Cumaná, Estado Sucre; y ANA LUISA SILVA VASQUEZ, venezolano, de 30 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.081.637, de estado civil soltera, de oficio Ama de Casa, nacida en fecha 22-09-1983, domiciliada Barrio Caiguire, Calle Virgen Del Valle, Casa Nº 15 (frente a la Empresa CAIP), Cumaná, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 16 de Ley Contra Extorsión y Secuestro, en perjuicio de ALFONSO NAZARET MALAVE LA.....