Con base en las precedentes razones, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta, pero CORRIGE DE OFICIO la sentencia recurrida, en cuanto a sus aspectos dispositivos. En consecuencia:
PRIMERO: Se declara el derecho de la demandante ciudadana YSOLINA BRAZON, titular de la cédula de identidad número: 12.287.468, a partir los bienes integrantes de la comunidad concubinaria que sostuvo con el demandado ciudadano JOSE MOYA, titular de la cédula de identidad número: 3.422.763, desde el año 1996 al 2001, ambos inclusive.
SEGUNDO: Se ordena al Juzgado de la causa, en ejecución de la presente sentencia que disponga lo conducente al nombramiento del partidor de la indivisa comunidad concubinaria, conforme al artículo 778 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y una vez cumplida satisfactoria y .....