REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 23 de Noviembre del 2005.
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-009035
ASUNTO : RP01-P-2005-009035

Vista las presentes actuaciones emanada de la Fiscalía Novena con Competencia en materia de Salvaguarda del Patrimonio Público, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, contentivo de solicitud formulada por el ciudadano: LUIS RAFAEL ACUÑA BERMUDEZ en donde DESIGNA como su abogado de confianza al Dr. WILLIANS LEMUS para que lo represente en la presente causa signada con el No- F-9-009-02; este Tribunal Tercero de Control, una vez analizada las presentes actuaciones, considera que en vista que el referido ciudadano figura como imputado en la presente causa seguida por la Fiscalía Novena con Competencia en materia de Salvaguarda del Patrimonio Público, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, teniendo el mismo el derecho a nombrar un abogado de su confianza de conformidad con lo establecido en el Artículo 137 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo tanto; este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Acuerda Notificar al Abogado: WILLIANS LEMUS con domicilio procesal en esta ciudad de Cumaná, a fin de que comparezca por ante este Tribunal y acepten o se excusen del cargo recaído en su persona y preste su juramento de ley de conformidad con lo establecido en el Artículo 139 del Código Orgánico Procesal Penal, como defensor del imputado: LUIS RAFAEL ACUÑA BERMUDEZ Venezolano, natural de Cumaná, nacido en fecha: 05-09-73, de profesión u oficio comerciante, Titular de la Cédula de Identidad No-12.268.634, domiciliado en el Sector San Luis, Vereda 03, casa No-3, Cumaná, Estado Sucre, Telf 0414-3434491. Notifíquese al Abg WILLIANS LEMUS.

El Juez Tercero de Control.

Dr. José Gregorio Morey Arcas.

La Secretaria.

Abg. Sonia Alfaro.


1.805-2.005. BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO “.