REVOCA La Medida Cautelar Sustitutiva de la Privación Judicial de Libertad, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentación cada diez (10) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal en fecha 28-04-2009, al imputado JAVIER LEOPOLDO MAZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.111.273, residenciado en la Urbanización Brasil, sector II, vereda 46, casa Nº 07, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por el delito de Desvalijamiento de Vehículos Automotores, previsto y sancionado en el artículo 3 de la ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de la ciudadana Karla Luisa Coronado Acosta, y en consecuencia se ordena libar ORDEN DE APREHENSION dirigida al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, con el señalamiento expreso de que una vez sea aprehendido con el debido respeto de sus Garantías Constitucionales se.....