Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Acuerda a favor del penado RODOLFO RAFAEL RODRÍGUEZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad número: V-9.300.731, mayor de edad, nacido el día 08 de Febrero de 1.964, hijo de Santiaga Savina Rodríguez y Oswaldo Rafael Jazpe, de oficio vendedor y residenciado en: El Guamache, Punta de Piedra, calle La Marina, casa s/n, Margarita, Estado Nueva Esparta, fue CONDENADO por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en fecha: 18 de Diciembre del año 2002, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el .....