este Tribunal Quinto en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud fiscal y DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD contra el imputado GILBERT JOSÉ AMAYA HERNÁNDEZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad No. V- 15.934.444, de 32 años de edad, nacido en fecha 12-08-1983, hijo de Luís José Amaya y Juana de Amaya, residenciado en Urbanización la Trinidad, Vereda H2, Casa Nº 05, teléfono: 0412-181.44.66; por la presunta comisión de los delitos de SUPOSICIÓN DE VALIMIENTO, previsto y sancionado en el artículos 81 de la Ley Contra la Corrupción, en perjuicio del Estado Venezolano y ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal, en perjuicio de, los ciudadanos JIMMY ALEXANDER BRITO, JUAN CARLOS BRITO RONDON, BEATRIZ BRITO Y STEPHANYE APONTE; todo de conformidad con lo dispuesto en lo.....