este Tribunal actuando en nombre de La República y por autoridad de Ley, Ordena Mandato de conducción, del ciudadano: Juan Noriega, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V-5.911.959, sin oficio aparente, hijo de Venicia Noriega y Antonio Salazar, residenciado en caserío La Salina, calle Guamache, sector "El Refugio", casa sin número, de la ciudad de Güiria, municipio Valdez, del Estado Sucre, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 310, del código orgánico Procesal Penal, Se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Güiria, para que ejecute dicho mandato. Remítanse las presentes actuaciones a La fiscalía Quinta del Ministerio Público. Así se decide. Cúmplase.
El Juez Segundo de Control
Abogado: Ramón J. Ponce
La secretaria