Por todo los razonamientos de hecho y de Derechos anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano:- Pedro Luis Mendoza, venezolano, de 29 años de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° 16.841.865, nacido en fecha 22-08-1978, natural de Carúpano del Estado Sucre, de oficio caletero, domiciliado en el Cerro el Calvario, casa S/N, cerca del Kiosco del Mercal. Carúpano Estado Sucre, hijo de Edumelia Mendoza, por su presunta participación en la comisión del delito de Robo Agravado en grado de complice secundario, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el artículo 84 ordinal 3° del código penal, en perjuicio de Auriellis José la Rosa Vásquez. Se niega la solicitud de libertad sin restricciones.....