Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta Con lugar La sustitución de la medida de privación de libertad impuesta al sancionado "OMISSIS" por la comisión del delito de Homicidio Intencional En Grado De Frustración, tipificado en el artículo 405, con relación al 80 ambos del Código Penal Venezolano, en perjuicio del Ciudadano Oswaldo José Farrera Bernard por el Cumplimiento De La Medida De Libertad Asistida, por el lapso de un (01) año, cuatro (04) meses y cuatro (04) días quedando obligado a presentarse una (01) vez al mes por ante el personal Técnico del Centro Socio Educativo. Librase Boleta de Libertad y remítase mediante Oficio al Comandante de Policía de esta ciudad. Así mismo se ordena librar oficio al CICPC de esta ciudad solicitando dejar sin efecto l.....