En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre declara IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS, la presente ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, incoada por los ciudadanos FRANCISCO ALEJANDRO GARCIA FERNANDEZ, PEDRO RAMON PATIÑO, MARCOS ANTONIO RAMOS BRITO, CASTA LEONOR ÑAÑEZ, LUISA MARIA TINOCO TOVAR, ADOLFO JOSE CORDOVA ARREDONDO, ELVIRA DEL CARMEN MEDINA CASTILLO, y EDGAR JOSE GONZALEZ, venezolanos mayor de edad y titulares de la cedula de identidad Nos. 8.592.425; 5.089.225, 11.383.844, 5.694.414, 13.941.394, 10.465.497, 9.980.365, y 8.441.004, en contra del ciudadano RAFAEL BIANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero 4.178.964, en su condición de Vicepresidente de la CORPORACIÓN DEL CARIBE, S.A (OCASA), resultando inoficioso hacer algún pronunciamiento sobre la medidas solicitadas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dado, firmado y sellado en .....