Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Protección del Niño Niñas y Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y el Interés Superior del Niño de conformidad con los artículos 8, 358, 359 de la LOPNNA, declara CON LUGAR: LA RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, solicitada por el ciudadano JOSE MANUEL ZAMORA MONTAÑO, contra la ciudadana JENNIFER MAVAREZ RONDON, a favor de la niña .-
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado de Protección del Niño Niñas y Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en Carúpano, a los diecisiete (17) días del mes de Abril del dos mil Ocho.-