Por los razonamientos precedentes, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el por el abogado Gregorio Mendoza, inscrito en el Inpreabogado bajo el número: 101.312, actuando en representación de la ciudadana CARMEN CARRION, titular de la cédula de identidad número: 1.919.492 y de la ORGANIZACIÓN COMUNITARIA DE VIVIENDA DE DOCENTES SAN MIGUEL del municipio Arismendi del Estado Sucre, registrada por ante el Registro Público del municipio Arismendi del Estado Sucre, anotada bajo el número: 1, adicional 02 de la serie, folios 2 al 7, protocolo primero, tomo II, segundo trimestre del año 2005, representada, a su vez, por los ciudadanos YANET GARCIA y ERMIS MARIN, titulares de las cédulas de identidad números: 6.251.794 y 3.853.358, respectivamente; contra el auto de fecha 2.....