En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el ciudadano ALEXANDER ESPINOZA FOUCAULT, representado por su Apoderado Judicial el abogado CARLOS VELASQUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 30.871,en contra del Auto de Admisión de la Prueba de Cotejo, de fecha Dieciséis (16) de Enero de Dos mil Uno, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.
Queda de esta manera CONFIRMADO el auto apelado.
Queda la parte demandada condenada en Costas del presente recurso, de conformidad con lo establecido con el artículo 281 del Código de Procedi.....