declara AUTORIZACIÓN JUDICIAL, en consecuencia SE AUTORIZA, la ciudadana RIVAS NABIELY JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.660.555, domiciliada en Colinas de Coorporiente, casa s/n, Cumana estado Sucre, asistida por la abogado MARISOL HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.490.601, en su carácter de Defensora Publica Primera en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, adscrita al primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, para tramitar y continuar con el cobro de la beca de estudios por ante la Zona Educativa del estado Sucre, por cursar cuarto grado de educación Básica ante la Unidad Educativa Rafael Castro Machado, ubicada en la Urbanización Mundo Nuevo, Cumana estado Sucre, todo cuanto beneficie y le pueda corresponder a su sobrino, Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgáni.....