Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 509, 429, 346, 351 y 506, del Código de Procedimiento Civil, 1354, 1359, 1360 y 1380 del Código Civil, y 33 del Decreto con rango y fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA QUE POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DE PRORROGA LEGAL, sigue el ciudadano LEOPOLDO GAVRIEL GARCIA GONZALEZ contra la Sociedad Mercantil SERVICIOS INTEGRALES DE COMUNICACIONES, CA (SICCA), sobre un inmueble de su propiedad constituido por un local comercial, identificado con el N° 126, ubicado en la Calle Juncal, Carúpano, Estado Sucre.- S.....