REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control-Cumaná
Cumaná, 16 de Julio de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2009-002539
ASUNTO : RP01-P-2009-002539

RESOLUCION QUE DECRETA SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA

Vista y analizada la Solicitud de Sobreseimiento de la causa presentada por la abogada: YAMILET DELGADO, actuando con el carácter de Fiscal Décima del Ministerio Público del Circuito Judicial del Estado Sucre, en donde aparece como imputado: JOSE LUIS CORTESIA COVA, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica del derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencias en perjuicio de CORAL DELFINA VICENT PINTO Fundamentando su solicitud en que “…a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado”, por lo tanto lo procedente y más ajustado a derecho es solicitar EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo previsto en el Ordinal 4° del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal.
En virtud de que la Fiscal del Ministerio Público plantea la solicitud de sobreseimiento respaldada, en que HA OPERADO LA FALTA DE CERTEZA, de conformidad con lo previsto en el ordinal 4° del artículo 300, del Código Orgánico Procesal Penal; Este Tribunal Quinto de Control considera procedente resolver la solicitud de sobreseimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 157 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, mediante la presente decisión, visto que en el día 12/05/09,, fecha en que ocurren los hechos que configuran un delito VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica del derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencias en perjuicio de CORAL DELFINA VICENT PINTO, por lo que no existe la posibilidad de incorporar nuevo datos a la investigación y ni hay base para solicitar el enjuiciamiento de quien aparece como imputado JOSE LUIS CORTESIA COVA, por la presunta comisión del delito VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica del derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencias en perjuicio de CORAL DELFINA VICENT PINTO, pero se observa que opera la FALTA DE CERTEZA, de conformidad con el ordinal 4º del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal por lo tanto este Tribunal Quinto de Control ADMITE EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA y así se decide.
DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Quinto de Control-Cumaná, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA para el imputado JOSE LUIS CORTESIA COVA, por la presunta comisión del delito VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica del derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencias en perjuicio de CORAL DELFINA VICENT PINTO, de conformidad con el Ordinal 4° del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que no existe la posibilidad de incorporar nuevo datos a la investigación y ni hay base para solicitar el enjuiciamiento de quien aparece como imputado, tal y como lo ha solicitado el representante de la vindicta pública. Líbrese boleta de notificación a las partes.. Cúmplase.-
LA JUEZA QUINTO DE CONTROL
ABG. MILAGROS DEL VALLE RAMIREZ MOLINA
EL SECRETARIO
ABG. CARLOS JULIO GONZALEZ