Con fundamento en lo antes expuesto, este Tribunal Mixto Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia En nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, en virtud del análisis del acervo probatorio debatido en esta sala por UNANIMIDAD, declara Absuelto al acusado OLEAR RAMÓN RAMOS CORDERO, venezolano, de mayor de edad, casado, pescador, titular de la cédula de identidad N° -V-15.935.273, residenciado en Caiguire, calle la Marina, casa s/n, de esta ciudad, por la presunta comisión del delito de POSESION DE ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, perjuicio de La Colectividad, Como consecuencia de la presente decisión. Se acuerda la Libertad del acusado desde esta misma sala de audiencia. Librese boleta de excarcelación junto con oficio al Director del Internado Judicial de esta Ciudad. Conforme a lo previsto en el artí.....