Por todo lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley Acuerda la Suspensión Condicional del Proceso por el lapso de un año, al ciudadano : José Miguel Pacheco, venezolano, natural de la Guaira Estado Vargas, donde nació el 07-06-1963, de 43 años de edad, soltero, Titular de la Cédula de Identidad N° 6.482.279, de profesión u oficio Militar Activo de la Guardia Nacional, hijo de Antonio Díaz y Maria Pacheco, residenciado en Urbanización Valle Abajo, casa N° 106, El Valle, Nueva Esparta, todo de conformidad con el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal. Debiendo cumplir el acusado con lo establecido. Líbrese los correspondientes oficios a la Guardia Nacional de esta ciudad y al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Sub Delegación Carúpano.
La Jueza Cuarta de Contr.....