En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA PARA EL IMPUTADO GAUDENCIO MANUEL SANCHEZ MARCANO, venezolano, cedulado 9.976.971, domiciliado en la Urbanización Gran Mariscal, bloque 109, apartamento 34, piso 03 Cumaná Estado Sucre, por estar el mismo presuntamente incurso en la comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA previstos y sancionados en los artículos 41 Y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana GLORIS GRACIELA SANCHEZ MARCANO, venezolana, cedulada 8.331.585, residenciada en Cachamaure casa s/n, Municipio Mejias Estado Sucre. En virtud de que "... a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar.....