En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado LUIS ALEXANDER GONZALEZ BARCELO, venezolano, de 30 años de edad, nacido el 27-03-1981, natural de la Guaira, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.098.912, profesión u oficio: pescador, hijo de Belicia Barcelo y Manuel Rivera González, residenciado en: la Calle pasaje Piar, Sector el Chuare, cerca del la Invasión el Kilombo, casa s/n, Municipio Mariño, Irapa, Estado Sucre, por considerar que presuntamente se encuentra incurso en los delitos de AMENAZA, previstos y sancionados en el artículo 41 de la ley especial, en perjuicio de BELICIA BARCELO, y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en concordancia c.....