DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal TERCERO de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD BAJO PRESENTACIONES, en contra de los ciudadanos: llamarse CRUZ ANTONIO BERMUDEZ, venezolano, natural de Guatapanare, titular de la Cedula de Identidad Número V- 10.881.571, de 53 años de edad, nacido en fecha: 28/04/1963, soltero, pescador, hijo de Félix González y Carmen Tomasa Bermúdez y residenciado en Carretera Carúpano, Casanay, Sector Guaricuco, casa S/N, cerca de la bodega de Arturo, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el articulo 39 de la Ley Orgánica sobre el derecho a la mujer a una vida Libre de Violencia, VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artic.....