DISPOSITIVA:
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano: ORAILY DEL CAMEN MATA AGUILERA, venezolana, Natural de yaguaraparo, estado Sucre, de 19 años de edad, estado civil soltera, titular de la cédula de identidad N° V.- 26.216.886, de profesión u oficio agricultura, nacida el 07-05-1993, hija de Juana Martínez y Barvino Mata, domiciliado en: El Sector Paujil, calle Los Cocos, casa S/N, cerca de la bodega del señor German, Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal tercero, inciso a, en relación con el articulo 405 del Código Penal Venezolano, por cometerlo en su descendiente, por los hechos de fecha 09-07-2012, todo de conformidad con lo dispuesto en los artíc.....