Por los razonamientos presentemente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la pretensión del actor de "resolución del contrato de compraventa" celebrado entre el ciudadano JESÚS ENRIQUE AMARISTA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.V- 3.668.138, de este domicilio, con el carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil INVERSIONES JEBEL, C.A inscrita en el Registro Mercantil del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 17 de febrero de 1.999 anotado bajo el N° 29, Tomo A-14, CON reforma de sus estatutos Sociales en fecha 10 de marzo del año 2004, anotado bajo el Nº 80, Tomo A-2, y la Sociedad Mercantil PROYECTOS DE INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES DE OBRAS EN GENERAL, C.A (PROINCOS, C.A) empresa de este domicilio.....