Este Tribunal Segundo de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de Revisión de Medida hecha por la Defensa, de los acusados LUIS ENRIQUE RENGEL venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.408.273, nacido el 18-11-83, hijo de Tito José Rengel y deisy Fuentes, residenciado en Muelle de Cariaco, casa sin número, vía principal, cerca de la estación de servicio, Estado sucre y RAFAEL ANTONIO PEREZ venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.997.629, nacido el 07-06-85, hijo de Dianora Jiménez y Alcides Pérez, residenciado en Muelle de Cariaco, cerca de la estación de servicio, Estado Sucre. por la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 DEL Código Penal, en perjuicio de en perjuicio de Peluquería Lorena Extensiones, representada por Evelin Lorena.....