DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al imputado Ángel Eduardo Rodríguez Boada, residenciado en el Barrio las Pepitonas, Callejón Gutiérrez, casa s/n, de esta ciudad, quien está incurso en la presunta comisión del delito de Lesiones Graves, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Héctor Luis Flores Marval, venezolano, mayor de edad, soltero, de Oficio Obrero, titular de la cedula de identidad Nro.-11.827.413, residenciado en el Barrio Caigüire, sector la pepitotas, calle principal, cerca de la bodega Las para-para, casa s/n, de esta ciudad. De conformidad con lo establecido en los artículos 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, que dice lo siguiente: El Sobreseimiento procede cuando... numeral 3.- La acción penal se ha extinguido o resulta acreditada la cosa juzgada, en concordancia con el artículo 48 numeral 8 eiusdem, que dice lo siguiente: Son causas de extinción de la acción penal. Numeral 8.- La Prescripción, sal.....