este Tribunal Cuarto en Funciones de Control, en presencia de las partes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, desestima la solicitud de la defensa y Decreta Medida Cautelar Sustitutiva a la privación de libertad, al imputado OSWALDO ENRIQUE PATIÑO FREITES, de 52 años de edad, nacido el día 16/09/1957, natural de Cabimas, Estado Zulia, casado, de oficio chofer, domiciliado en San Antonio de los Altos, Urbanización la Guadalupe, parcela 10, frente a la casona II, Estado Miranda, teléfono 0414-213-6077 por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JAIRO DEL JESUS BURGOS YANCE-occiso de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal; consistente en presentaciones periódicas CADA 30 DÍAS POR ANTE LA UNIDAD DE ALGUACILAZGO DE ESTA SEDE JUDICIAL, POR EL LAPSO DE SEIS MESES, conforme a.....