este Tribunal Tercero de Control Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, pasa a hacer el siguiente pronunciamiento: presentada como ha sido la Acusación Fiscal por parte de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, oído a la Imputada así como los alegatos de la Defensa, se toman en consideración lo siguiente: PRIMERO: de conformidad con el artículo 330 Numeral 2º del COPP, es decir, Se Admite Parcialmente la ACUSACION FISCAL, presentada por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público en contra de la Imputada YARUMA DEL CARMEN MARCANO GONZALEZ por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana YANIRIS BAUTISTA RIVERO SUBERO, atribuyéndole una calificación distinta, siendo lo correcto el delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, por encontrarse llenos los extremos del.....